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Trabajo social · Dependencia

Requisitos para solicitar la valoración de dependencia

La Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia reconoce el derecho a recibir apoyos a quienes los necesitan de forma continuada. Responde a estas preguntas para revisar si se cumplen los requisitos generales.

Revisión de requisitos

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  1. Requisito 1 · Residencia ¿La persona tiene nacionalidad española o residencia legal en España?
  2. Requisito 2 · Empadronamiento ¿Está empadronada en el municipio donde se solicita, con al menos 5 años de residencia, dos de ellos consecutivos e inmediatamente anteriores a la solicitud? Es la antigüedad habitual; puede variar según el caso.
  3. Requisito 3 · Situación de dependencia ¿Necesita ayuda de otra persona o apoyos importantes para actividades básicas como alimentarse, asearse, desplazarse o comunicarse? Por motivos de edad, discapacidad o enfermedad.
  4. Situación actual ¿Tiene ya reconocido un grado de dependencia?

Información de referencia

¿Qué es la dependencia?

Se considera en situación de dependencia a quien, por edad, discapacidad o enfermedad, necesita la ayuda de otra persona o apoyos importantes para las actividades básicas de la vida diaria: alimentarse, asearse, desplazarse, comunicarse o mantener la autonomía física y mental.

La valoración oficial

Los servicios sociales autonómicos valoran el grado de dependencia y determinan si la persona tiene derecho a prestaciones o servicios.

Ayudas y servicios

  • Servicios profesionales: atención psicológica, logopedia, terapia ocupacional o rehabilitación cognitiva.
  • Prestaciones económicas para cubrir parte del coste del servicio.
  • Programas de promoción de la autonomía personal.

Te orientamos en el trámite

Nuestra área de trabajo social asesora sobre ayudas, dependencia y gestiones administrativas en AME 1 y AME 2 Clinic, Gandia.